#GACETAOFICIAL: Aumento de salario mínimo y ajuste de base de cálculo para bono de alimentación
ELVICTORIANO.COM.VE - Este lunes fue publicada la Gaceta Oficial Nº 40.965, con fecha del viernes 12 de agosto de 2016, en la que se divulga el Decreto Presidencial N° 2.429, “mediante el cual se aumenta en un cincuenta por ciento (50%) el salario mínimo nacional” y el Decreto N° 2.430, en el que se ajusta la base de cálculo para el pago del bono de alimentación, llamado Cestaticket Socialista.
En la publicación, el Ejecutivo establece que “en el marco del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica”, se aumentarán todos los salarios del país, tanto del sector público como privado, en 50% desde el primero de septiembre de 2016, que incluye además a los docentes y aprendices del país. Con ello, el sueldo mínimo quedaría ubicado en Bs. 22.576,73 y el pago a los docentes y aprendices en Bs. 16.789,92 mensuales.
Sin embargo, el Decreto establece que “cuando la labor realizada por los y las docentes y aprendices, sea efectuada en condiciones iguales a los demás trabajadores y trabajadoras, su salario mínimo será establecido por el artículo 1 de este Decreto (Bs. 22.576,73)”.
Los pensionados y jubilados, también recibirán el aumento correspondiente, igualando el monto al salario mínimo. Además, los beneficiarios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) también forman parte del Decreto.
El artículo 7 del instrumento legal establece que “el pago inferior a los estipulados como mínimo en este decreto, obligará al patrono o patrona a su pago de conformidad con lo establecido en el artículo 130 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores”, es decir, el empleador deberá pagar la diferencia entre el salario básico y lo realmente cancelado, incluyendo los beneficios no percibidos.
También en el marco del Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica, el presidente de la República, Nicolás Maduro, firmó el Decreto Nº 2.430 de ajuste de la base de cálculo de los Cestatickets Socialistas, que pasarán a tener como monto de cobro ocho unidades tributarias diarias, por 30 días laborados, pudiendo el trabajador recibir un máximo de 200 unidades tributarias.
Este aumento deja al bono de alimentación en 42.480 bolívares mensuales, como mínimo, ya que la Unidad Tributaria fue fijada en Bs. 177 durante el mes de febrero de este año. Es necesario destacar que el mencionado instrumento legal entró en vigencia el pasado primero de agosto, por lo que para finales de este mes se debe cancelar el Cestaticket Socialista con retroactivo a los 30 días.

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