Dueños de funerarias rechazan ley del servicio funerario
La Asamblea Nacional (AN) aprobó el pasado jueves la Ley para la Regulación y Control de Prestación del Servicio Funerario y Cementerio, al considerar que se está abusando con los precio de los servicios; no obstante, los representantes de las funerarias privadas se pronuncian sigilosamente en contra de esta normativa, ya que los costos que ofrecen están dentro de lo exigido por parte de los administradores de los camposantos municipales.
En sesión ordinaria, el Parlamento nacional sancionó en segunda discusión el estatuto que tiene como objetivo controlar la especulación. La próxima semana podría darse el ejecútese para su publicación en Gaceta.
En esta herramienta legal, que contempla el respeto a las manifestaciones culturales y sus formas de realizar los entierros y procesos velatorios en el país, se prevé también la creación del Consejo Nacional Integral de Servicios Funerarios, que fungirá como una autoridad única para verificar y hacer seguimiento a las decisiones que se tomen en esta esfera.
Representantes del personal administrativo de una reconocida funeraria privada de la entidad aragüeña, quienes prefirieron no ser identificados, manifestaron que la normativa debe estudiarse profundamente, ya que los costos ofrecidos a los familiares están condicionados no solo con base a lo que busca el familiar del difunto; pues recordaron que ellos reciben urnas con precios diferentes semanalmente.
Asimismo, resaltaron que los administradores de los cementerios municipales ofrecen fosas individuales, triples, sobre medidas, entre otras a un precio; pero a la hora de cobrarlas este costo es elevado por quienes administran los cementerios municipales. Aseguraron que esto puede ser comprobado con facturas en cualquier funeraria de la entidad.
En este sentido, recordaron que el servicio básico es el “más buscado y accesible por la ciudadanía en general”, incluye cafetín, capilla, habitación, preparación del cuerpo, urna y fosa; cuyo valor oscila entre los 12 mil y 15 mil bolívares.
Es importante resaltar que el costo del servicio funerario puede variar dependiendo de lo que el familiar escoja. Entre los servicios a ofrecer en las funerarias se encuentra el ataúd (madera, catedral, jersy, metalizado, entre otros), sala velatoria, carroza y carros para acompañantes, cafetín, preparación del cuerpo (eviscerado, formol y maquillaje), fosa, sala de descanso, menú, corona de flores, trámites municipales y de medicina legal, entre otros.
Igualmente, se conoció a través de familiares que han perdido a un pariente que el servicio funerario no escapa de la “viveza” de algunas personas, que se aprovechan para cobrar algo extra por agilizar los trámites y en especial en fechas importantes como Navidad o Año Nuevo.
Esta ley, que es rechazada por dueños de funerarias y crea expectativas a quienes en algún momento pueden ser afectados, no solo generará estándares de precio para la prestación de servicios en funerarias, sino también garantizaría actos velatorios gratis para personas de bajos recursos económicos y propone la cremación como una alternativa social ante la falta de terrenos municipales.
LISTA DE PRECIODE ALGUNOS SERVICIOS
Servicio
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Precio funeraria privada
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Precio funeraria municipal
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Fosa triple
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Bs. 39.484
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Bs. 11.218
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Fosa individual
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Bs. 4.753
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Bs. 3.519
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Preparación del cuerpo (formol y eviscerado)
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Bs. 2.375
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Bs. 1.931
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Cortejo fúnebre
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Bs. 3.250 con carros para acompañantes
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Bs. 1.911, los más cercanos y Bs 2.216 los más lejos
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Urnas
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Desde 3 mil a 5 bolívares
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Desde 2 mil bolívares
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Cafetín, habitación, seguridad, capilla
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Bs. Dependiendo de la cantidad de termos de café, menú y el arreglo de la capilla
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Dependiendo de la cantidad de termos de café, menú y el arreglo de la capilla
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ASPECTOS IMPORTANTES DE LA LEY:
• El presidente del órgano será designado por el Jefe de Estado y ayudará a la Sundecop a fijar los precios de los servicios funerarios y de cementerios.
• Todas las funerarias deberán tener en un lugar visible del establecimiento la lista de precios los servicios que ofrecen.
• El incumplimiento de algunos servicios funerarios (traslado del cadáver, suministro del ataúd, negación de vehículos de acompañamiento a los familiares, entre otros), será sancionado con la aplicación de una multa entre 100 y 200 Unidades Tributarias.
• Los cadáveres que estén en la morgue serán entregados en un lapso no mayor de 24 horas luego de ocurrido el deceso de la persona. El trámite será gratuito.
• Las empresas privadas están obligadas a prestar servicios gratuitos en aquellos casos de pobreza extrema o indigencia que no puedan ser cubiertos por el municipio./EP

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