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No sé de qué logros hablan quienes en el país se auto determinan como afro descendientes

Por Antonio José Guevara

No sé de qué logros hablan, porque las poblaciones venezolanas que poseen una piel negra siguen en la misma situación, la cual no ha cambiado en nada, menos mal que las misiones implementadas por el gobierno Bolivariano han servido un poco para paliar su situación, mientras quienes se auto determinan como afro descendientes se quedan alimentado lo sustantivo de su problemática, puesto que no hemos visto que esos logros lleguen a pesar de que el estado bolivariano le ha dado participación dentro de su estructura y hemos visto que se han quedado en el discurso, puesto que lo que hemos visto es que esos logros de que ellos hacen mención, solamente han beneficiados a los directivos, familiares y allegados de quienes fungen en las diferentes asociaciones y fundaciones entre vivos que se auto determinan como hijos de africanos (afro descendientes), lo cual es público y notorio. Por cierto, hablando de la Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial (LOCDR), esta se quedó muy corta (a pesar que les hicimos ciertas acotaciones, críticas y aportes, los cuales no fueron tomados en cuenta) que a nuestro parecer, pareciera que con su `promulgación se hizo un alto a la bandera, puesto que dicha ley, no se adapta al momento histórico que estamos viviendo y eso pasa, porque no se buscaron a las personas idóneas más adecuadas, y por otro lado, porque el ventajismo demostrado, no les dejó ver que era una ley para todos los venezolanos y no exclusivamente para los afro descendientes[1], por ello el Dip. Modesto Ruiz, sin conocer nada del derecho y dejándose orientar por unos asesores que provienen de las universidades tradicionales no se dio cuenta que su orientación debió estar impregnada por unos contenidos y fundamentos que debieron estar guiado por la nueva legislación comunitaria que está tomando cuerpo en el país (Venezuela) y no por los contenidos jurídicos que se encuentran plasmado en el derecho positivo, en tiempos en que se está hablando de pluralismo Jurídico[2], porque las poblaciones que se caracterizan por poseer una piel negra no cuentan con el Derecho Consuetudinario (o Derecho Primitivo), y eso se debe a que la única opción que les quedó, fue apegarse a quien poseía el mayor poder de fuego simbólico (los europeos y no se debe olvidar que los Códigos Napoleónicos fueron la leyes que impregnaron a los estado-nación nacientes) puesto que se quedaron sin geografía espacial (que algunos llaman ancestral) y por ello los negros fueron tan inteligentes que tuvieron capacidad para soportal tal trato que se pueden considerar que está por encima de cualquiera capacidad humana (puesto que entra en el campo de lo más irracional), ya que ellos les permitió convertirse en creadores de cultura y genotípicamente repotenciar el genotipo europeo que estaba en decadencia. Es decir que dicha Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial (aprobada en Gaceta Oficial 39.823 del 19 de diciembre de 2011) es monista, porque no existen formas propias de imputación que sean trasmitida por vía oral y que además puedan definir que un pueblo sea diferente a otro pueblo, además que a pesar de ser monita, no se encuentran formas de discriminación, como si existe en la LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA (GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA (Caracas, 06 de noviembre de 1998 Número 365769[3]), en su articulo15, donde vamos a encontrar formas de violencia de género muy bien tipificadas, mientras que en la Ley Orgánica Contra la Discriminación Racial, no se menciona ninguna que se puede catalogar como delito de discriminación racial. Me pregunto ¿La discriminación será un delito, o es un estereotipo de conducta? Que semejanza hay con los delitos que se encuentran en nuestro Derecho Penal (ley Sustantiva). Por ello siempre sostuvimos que la Ley era un adefesio jurídico porque se perdió la oportunidad de demostrar que los pueblos venezolanos que poseen una piel negra no poseen formas que normalicen su situación interna (como el caso de los indígenas que sí cuentan con el Derecho Consuetudinario[4] -además de cada pueblo tiene un idioma distinto y formas de creencias muy particulares- y por ello no pudieron enjuiciar bajo la pauta del Derecho Positivo al Yukpas Sabino Romero en la Sierra de Perijá, Estado Zulia y se tuvieron que someter a la jurisdicción especial[5] ). Es decir, dicha Ley no especifica sus formas y solamente de forma genérica, sostiene en el Capítulo I., Art. 37, como Delito de Discriminación Racial
“El que mediante acción u omisión distinga o excluya a una o varias personas, en razón de su origen étnico, origen nacional o rasgos del fenotipo, con el objeto de anular o menoscabar el goce o ejercicio de sus derechos humanos reconocidos en la Constitución, en los tratados, pactos y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República, será penado o penada con prisión de uno a tres años. El o la que cometa el delito de discriminación racial cumplirá entre doscientas y seiscientas horas de servicio social comunitario”.

Dejándoles al Art. 38 (Circunstancias Agravantes), Núm. 8. :

“Las demás circunstancias agravantes establecidas en el Código Penal vigente”[6].

Esto quiere decir que una cuestión es circunstancia a gravante y otra cosa…, delito tipificado en el Código Penal de Venezuela, son dos cuestiones totalmente diferente y más si tomamos en cuenta que delito se considera en Venezuela como una acción típica, antijurídica y culpable, es decir cómo, lo indica el CAPÍTULO IV. (DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL), según el Art. 22, se consideran como circunstancias agravantes[7]:

Es triste porque este es un elemento de convicción que demuestra que no cumplen con el Art 260 Constitucional, en el cual uno de sus párrafos sostiene que para ser reconocidos como pueblos autónomos deben de contar con formas de imputación que normalicen la relación a los interno de estas culturas:

“Las autoridades legítimas de los pueblos indígenas podrán aplicar en su hábitat instancias de justicia con base en sus tradiciones ancestrales y que sólo afecten a sus integrantes, según sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a esta Constitución, a la ley y al orden público. La ley determinará la forma de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional.” (CRBV).

Por ellos nos preguntamos ¿Cuáles son esos logros de que hablan algunos de los acólitos que se auto reconocen como afro descendientes?, si más bien estamos viendo que tal término funciona como un comodín que pretende sustituir otras etiquetas que no logran devolver la dignidad a estos grupos raciales que fueron Identificados como negra o negro, o es que no hemos olvidado que África no se ha podido librar del flagelo y lastre de haber cazado y vendido a su propia gente a los barcos negreros europeos y que esta realidad tiene más de cuatrocientos años y donde este oficio estaba generalizado, debido a que los europeos se les hacía imposible aventurase dentro del territorio africano, puesto que su genoma no estaba adaptado y ellos comprendieron que cada hombre europeo que era parte de sus expediciones, tenían que mantenerlo vivo y para ello utilizaron las formas elementales de la vida religiosa de cada cultura africana para imponer su poder; es por ello que desde hace mucho lo hemos estado invitando a que enarbolemos la postura que tienen su fundamento en los procesos de creación que se dieron y por ello es importante fortalecer que esos seres humanos estereotipados como negros se convirtieron en sujetos creadores de cultura y el reconocernos como “afro descendientes” es quitarnos esa condición de creador para crearnos una vergüenza histórica que se produce desde el mismo momento que los africanos no consideraron a sus coterráneos, como africanos. Por ello hemos comprendido que lo del color es una máscara, y eso lo hemos venido sosteniendo desde hace mucho tiempo, porque jamás hemos negados que tenemos un genoma africano (lo cual no quiere decir, que somos descendientes y mucho menos ascendientes de africanos, puesto que ha ido despareciendo a través del tiempo), pero eso no es el problema, puesto que el problema es que los africanos no tuvieron consideración contra su propia gente y su barbarie los llevó a convertir a su propia gente, en subhumanos, o en piezas de ébano (o de India), en el que queda demostrado que nunca les importó la vida de los seres que estuvieron bajo su dominio, puesto que no es posible que ellos mismos contribuyeron a que se consolidara tal delito de lesa humanidad, el cual debe ser penado e imputado.

Pero por otro lado, se debe enarbolar el papel jugado por el sujeto creador de cultura y ello es muy importante para el desarrollo de la humanidad, ya que los desarraigados, estereotipados como negros (Pieza de Ébano por el Europeo y después Pieza de India) fueron capaces no solamente de echar a un lado, sus culturas originales, sino que fueron tan inteligentes que crearon unas diferentes a la africana, a las europeas e indígenas, pero además tienen un detalle que las hace ser única, ya que no se pueden desprender de ellas, porque dejan de ser cultura negra (véase el caso del Bautista, donde el rasgo más sobresaliente, es el europeo y lo triste es que se siga celebrando, a pesar de lo que representó esta manifestación para los venezolanos que poseen una piel negra, puesto que viene acrecentar nuestra vergüenza étnica, ya que tal santón se convirtió en una herramienta religiosa que sirvió para dominar a esos humanos que fueron calificados por los africanos y los europeos como negros, a los cuales les quitaron la capacidad para discernir, es decir que seguimos acrecentando nuestra vergüenza étnica y como dijo Bolívar, “"Nos han dominado más por nuestra ignorancia que por la fuerza."). Con esta mirada panorámica se hace necesario que la población venezolana reflexionar y se ponga en contra de quienes hoy se tiñen de Afros y utilizan un lenguaje no adecuado en contra del negro para no reconocer que éste se convirtió en sujeto creador de cultura, el cual debe ser atemperado a los condiciones actuales de nuestro contexto, ya que es fácil olvidar tales hechos y menos encubrirlo con termino que no se adapta a tal realidad y en el que no se quiere reconocer que tal actitud llevó a seres humanos a ser transformado en piezas para fortalecer el modo de Producción feudal en tránsito hacia el Capitalismo. Es por ello que hay detrás de ese tipo de lenguaje una acción discriminadora que busca que este se convierta en un instrumento de dominación y de poder y ello lo han venido ejerciendo lo que en el país quieren que se les reconozcan como afro descendientes, en el que se sigue alimentando los efectos tardíos del colonialismo y el porqué de la alienación síquica del negro, donde todo pueblo colonizado, en cuyo seno haya nacido un complejo de inferioridad a consecuencia del enterramiento de la originalidad cultural local, se sitúa siempre, se encara, en relación con la lengua de la nación civilizadora, es decir de la cultura del sometedor.

Este planteamiento muestra la importancia que tuvo dentro del proceso de colonizador el papel jugado por Europa y las culturas africanas, imponiéndose a través de la fuerza y del discurso ideológico, en el que se mostraron como La Civilización, La Cultura, el modelo a seguir; es decir, se erigió como la norma que dictamina que es el otro, el diferente, que por no tener su mismo modo de vida es definido como bárbaro en oposición a ellos, que como pueblo europeo son los civilizados y por otro lado, la naturaleza práctica y social del lenguaje en medio de las relaciones de dominación y de poder que se tejen en el colonialismo, puesto que, el lenguaje pasa a convertirse en un mecanismo que hace eficaz la misión civilizadora, ya que a través de la incorporación de la lengua, los colonizados interiorizan sus valores culturales y por consiguiente su modo de vida, que en el caso de los desarraigados negros, terminó sumiéndolos en un afán por salir de su negrura, es decir dejar de ser bárbaro, salvaje y ser aceptado por y como blanco debido a que no tenían más opción, en vista que fueron considerados como no africanos por los mismos africanos, y a pesar de la barbarie europea, estos les presentaban una mejor opción que supieron aprovechar, transformar e internalizar en los nuevos mundos descubiertos por los europeos para Europa y que hoy sentimos, que todo este proceso de enmascaramiento en el que a través de la incorporación del lenguaje que llevan a cabo en el país quienes hoy quieren que se les reconozcan su descendencia africana, lo que busca es negar la herencia negra y no reconocer que esos desarraigados se convirtieron en creadores de cultura, para asumir a través del lenguaje, el peso de una cultura africana que no sentimos y que creemos que queda al descubierto las fuerzas que están detrás del postura que nos obliga abandonar esa visión neutra y descriptiva con la que a menudo se suele apreciar, para dar paso a una compleja en la que se considere como un mecanismo eficaz para la dominación y para la reproducción de una visión del otro y de sí mismo.
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