#DENUNCIAS: Alcaldía del Municipio Sucre obvió requisitos para premio de periodismo
El Colegio Nacional de Periodistas (CNP), Seccional Aragua, no avala y desconoce el premio municipal de periodismo que por segundo año consecutivo, la alcaldía del municipio Sucre, en Aragua, otorgó desoyendo las recomendaciones que de manera reiterada hizo la institución gremial en esta entidad, con respecto a los requisitos que deben cumplir quienes aspiran a ser distinguidos o tomados en cuenta para este galardón.
Amira Muci, secretaria general del CNP Aragua, explicó que desde esta dependencia gremial se enviaron varias comunicaciones escritas y en formato digital al alcalde Eusebio Agüero, en el cual se le recordaba los requisitos que deben cumplir los periodistas participantes en esta premiación, como el que señala el artículo 2 de la Ley de Ejercicio del Periodismo: "Para el ejercicio de la profesión de periodista se requiere poseer el título de Licenciado en Periodismo, Licenciado en Comunicación Social o título equivalente, expedido en el país por una Universidad...".
Asimismo, el Artículo 4, del Reglamento para el otorgamiento de premios de Periodismo, aprobado en el XLVIII Secretariado Nacional del Colegio Nacional de Periodistas, celebrado en Caracas los días 5 Y 6 de mayo de 2012, establece que: “Sólo podrán optar a los Premios de Periodismo otorgados por instituciones públicas y privadas los profesionales de la Comunicación Social inscritos ante el Colegio Nacional de Periodistas, que ejerzan sus funciones en medios de comunicación, en instituciones públicas y/o privadas, o que sean de libre ejercicio, cuyo trabajo haya sido difundido en algún medio de comunicación”.
De igual manera, en el jurado conformado por la municipalidad de Sucre, no tuvo participación representación alguna del gremio lo que se traduce en desconocimiento del CNP como institución, como cuerpo colegiado, lo cual ampara y avala el ejercicio ilegal de la profesión de periodista.
Ignorar la participación del CNP en el jurado calificador del Premio “Jesús María Labrador” contraviene el Artículo 10 del Reglamento para el otorgamiento de premios de Periodismo, según el cual “el jurado calificador de cualquier Premio de Periodismo, debe incluir al menos un representante del Colegio Nacional de Periodistas el cual será designado por la Junta Directiva correspondiente. En caso contrario, el Colegio Nacional de Periodistas desconocerá el premio en cuestión”.
“Desconocer al CNP como institución convierte a la alcaldía de Sucre en una ente que viola la normativa legal vigente, en este caso la Ley de Ejercicio del Periodismo que también forma parte de las leyes de la República y mal podría una institución oficial promover el irrespeto a las normas establecidas en el marco jurídico venezolano”.
En nuestra condición de institución gremial, una vez más exigimos ante esa instancia, con respeto pero con firmeza, se revise el decreto y se restituya la legalidad incluyendo en los requisitos de opción para ser merecedores del galardón, la colegiación. Al mismo tiempo, se incorpore al jurado un miembro designado por el CNP Aragua, cuyo deber es velar porque se consideren aspectos profesionales y éticos en la valoración de los trabajos periodísticos.
Finalmente recordó a los periodistas el deber que tienen de defender el ejercicio legal de la profesión y el apego a la Ley de Ejercicio del Periodismo, el Código de Ética y las normas que para el otorgamiento de premios o reconocimientos han sido aprobadas para todo el territorio nacional y de obligatorio cumplimiento, observación y vigilancia por parte de cada profesional de la comunicación.
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